Inflación en los servicios financieros: cómo hacer frente al aumento de las comisiones bancarias y defender tus derechos

La inflación ha encarecido el coste de la vida y ha afectado a prácticamente todos los ámbitos de la economía. Sin embargo, uno de los incrementos que con frecuencia pasa más desapercibido para los consumidores es el de las comisiones bancarias. En los últimos años, muchas entidades financieras han endurecido las condiciones de sus cuentas, han incrementado las comisiones de mantenimiento o han vinculado la gratuidad de determinados servicios a requisitos cada vez más difíciles de cumplir.

Esta situación obliga a los consumidores a revisar periódicamente las condiciones de sus productos financieros y a conocer sus derechos para evitar el pago de comisiones abusivas o indebidas.

Las comisiones bancarias también «suben» con la inflación

Aunque las entidades financieras justifican en ocasiones el incremento de sus tarifas por el aumento de sus costes operativos o por cambios en su estrategia comercial, lo cierto es que muchos clientes han visto cómo las comisiones por servicios básicos han aumentado considerablemente en pocos años.

Entre las más habituales se encuentran:

  • Comisiones de mantenimiento de cuentas corrientes.
  • Comisiones por administración.
  • Comisiones por transferencias.
  • Comisiones por emisión y mantenimiento de tarjetas.
  • Comisiones por descubierto.
  • Comisiones por reclamación de posiciones deudoras.
  • Comisiones por ingreso o retirada de efectivo en determinadas oficinas.

En muchos casos, estos incrementos afectan especialmente a personas mayores, consumidores con menor capacidad económica o clientes que mantienen una relación tradicional con su entidad y desconocen que existen alternativas mucho más económicas.

¿Puede el banco cobrar cualquier comisión?

La respuesta es no.

La normativa de protección de la clientela bancaria establece que una entidad solo puede cobrar comisiones cuando concurren determinados requisitos:

  • Deben estar previstas en el contrato firmado por el cliente.
  • Deben responder a un servicio efectivamente prestado o a un gasto real asumido por la entidad.
  • El servicio debe haber sido solicitado o aceptado por el consumidor.
  • La comisión debe haber sido informada de forma clara y transparente.

Por tanto, no es legal cobrar una comisión simplemente por el hecho de existir, si no existe un servicio real que la justifique.

Comisiones que generan más reclamaciones

Desde ADICAE venimos detectando numerosas reclamaciones relacionadas con determinadas comisiones cuya legalidad ha sido cuestionada por los tribunales o por el propio Banco de España.

Entre ellas destacan:

Comisión por reclamación de posiciones deudoras

Es una de las más conflictivas.

No basta con que el cliente tenga un descubierto o un recibo impagado para que el banco pueda cobrar automáticamente esta comisión.

La entidad debe acreditar que ha realizado una gestión efectiva, individualizada y adicional para reclamar la deuda. Si simplemente carga la comisión de manera automática mediante un sistema informático, puede tratarse de un cobro improcedente.

Comisiones de mantenimiento desproporcionadas

Muchas entidades han elevado considerablemente estas comisiones cuando el cliente no cumple determinados requisitos de vinculación (domiciliación de nómina, contratación de seguros, planes de pensiones o tarjetas).

Es importante revisar si esas condiciones fueron correctamente comunicadas y si el consumidor tuvo oportunidad real de aceptarlas o resolver el contrato.

Duplicidad de comisiones

No es admisible cobrar dos veces por un mismo servicio o repercutir simultáneamente gastos que responden a una única actuación de la entidad.

Cómo reducir o eliminar las comisiones bancarias

Los consumidores cuentan con diversas opciones para minimizar estos costes.

Revisar periódicamente el contrato

Muchas personas mantienen abierta la misma cuenta durante décadas sin conocer las condiciones actuales.

Es recomendable comprobar:

  • Cuánto se paga realmente en comisiones al año.
  • Qué requisitos exige la entidad para evitar esos cargos.
  • Qué servicios se utilizan realmente.

Renegociar con la entidad

No siempre es necesario cambiar de banco.

En numerosas ocasiones es posible solicitar:

  • Eliminación de la comisión de mantenimiento.
  • Bonificaciones por antigüedad.
  • Exención por ingresos periódicos.
  • Mejora de las condiciones de la cuenta.

La competencia entre entidades financieras hace que muchas estén dispuestas a mejorar las condiciones para conservar a sus clientes.

Comparar productos bancarios

Actualmente existen cuentas corrientes que no aplican comisiones de mantenimiento ni administración, incluso sin necesidad de domiciliar la nómina.

Antes de contratar un nuevo producto conviene comparar:

  • Coste anual real.
  • Requisitos para mantener la gratuidad.
  • Servicios incluidos.
  • Red de oficinas y cajeros.
  • Atención al cliente.

El cambio de entidad puede suponer un ahorro importante a largo plazo.

Qué hacer si una comisión es indebida

Si el consumidor considera que una comisión no está justificada, puede reclamar.

Los pasos recomendables son:

  1. Solicitar información detallada a la entidad sobre el motivo del cobro.
  2. Presentar una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente del banco.
  3. Si la respuesta no es satisfactoria o no se recibe contestación en el plazo legal, acudir a las vías de reclamación correspondientes.
  4. Buscar asesoramiento especializado cuando existan dudas sobre la legalidad de la comisión.

Es importante conservar extractos bancarios, contratos y cualquier comunicación recibida de la entidad.

El papel de ADICAE Andalucía

Desde ADICAE Andalucía defendemos que la transparencia y el equilibrio en las relaciones entre consumidores y entidades financieras son fundamentales, especialmente en un contexto económico marcado por la inflación y el aumento del coste de la vida.

Las entidades financieras no pueden convertir las comisiones en una fuente de ingresos ajena a la prestación efectiva de servicios. Los consumidores tienen derecho a conocer exactamente qué están pagando y a exigir la devolución de aquellas cantidades cobradas de forma indebida.

Nuestra asociación ofrece información, formación y apoyo a las personas consumidoras para que puedan ejercer sus derechos, reclamar cuando proceda y adoptar decisiones financieras más responsables y sostenibles.

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